Empresas: beneficios de colaborar con ASF

¿Quieres Construir? Incluye a ASF en tu negocio

¿Acaso piensas que una empresa no es un agente de transformación social?

Detalle Stand ASF ConstrumatLa sociedad actual tiene una imagen más positiva de las compañías que apoyan alguna causa social y los propios trabajadores encuentran un motivo de satisfacción en formar parte de empresas que poseen y promueven valores sociales además de los puramente lucrativos.

ASF apuesta por la colaboración con el conjunto del tejido empresarial y emprendedor como herramienta de cambio social y de concienciación de ciudadanía.

¿Eres una empresa? contactanos en empresas@asfes.org y hablemos

En ASF trabajamos en la implicación del colectivo de la construcción en la arquitectura solidaria. Consúltanos y te asesoremos sobre Responsabilidad Social Corporativa mediante propuestas ajustadas, coherentes y beneficiosas con la filosofía de su empresa.

Es posible que encuentres alguna opción de su interés en
echanosunamano.asfes.org


Una colaboración beneficiosa y visible para su empresa

Dossier Empresas 2011- En este documento se compilan sintéticamente las modalidades de colaboración genéricas entre ASF y el conjunto del tejido emprendedor.1. Con reconocimiento público y difusión como Empresa Colaboradora de ASF.

- Añade valor a su vínculo de relación con sus públicos objetivos.
- Refuerza el prestigio y la imagen de su empresa o estudio con el entorno inmediato y sus trabajadores.
- Poseer valor añadido sobre otras empresas por su compromiso y apoyo a la sociedad (Responsabilidad Social Corporativa).

2. Con desgravación fiscal del 35% del importe de lo donado de la Base Imponible del Impuesto de Sociedades.




Anímate, explora las posibilidades de colaboración aquí 

Código de conducta publicitaria y otros criterios éticos

¿Quieres Construir? Colaborar desde la responsabilidad y la ética

Detalle Stand ASF ConstrumatASF sigue el Código de Conducta Publicitaria en cualquier acción de comunicación que realice:

Tratando de asegurar que las acciones que se puedan desarrollar sean lo más honestas posible con el código deontológico de ASF, con las poblaciones beneficiarias y con la sociedad que nos apoya, se debe incorporar componentes de sensibilización y captación social en todas aquellas. Para ello los criterios siguientes buscan que las campañas sean coherentes y beneficiosas para las partes.

1. Toda colaboración que suponga la cesión, exposición o utilización de la imagen de ASF deberá contar con el visto bueno de Junta Directiva de la Asociación, o por el comité que aquella determine.

2. Toda colaboración o campaña deberá estar sustentada en un convenio que regulará los beneficios y limitaciones sobre los que pivotará la relación.

3. Se tratará de evitar la instrumentalización de los valores de la solidaridad, así como los mensajes publicitarios que confunden compromiso con consumo; en consonancia con lo anterior, la imagen de la infancia y la niñez siempre deberá ser tratada como sujeto de derechos y no como "objeto de consumo".

4. En cuestión de imagen una de las principales referencias es el "Código de Conducta, Imágenes y mensajes a propósito del Tercer Mundo", del Comité de Enlace de las ONGD Europeas. Aplicamos el "Código de Conducta publicitaria", en especial su artículo 27 referido a las campañas con causa social:

Art. 27.1. "Cuando en la publicidad se haga referencia a la participación de un anunciante en un acto o campaña benéfica, la publicidad deberá respetar de forma escrupulosa los principios de veracidad y buena fe".
Art. 27.2. Además, deberán observarse las siguientes reglas:

a. anunciante deberá revelar de forma explícita, inequívoca, y sin inducir a error, el alcance de su participación en el correspondiente acto o campaña benéfica.

b. Si en publicidad se hace referencia a alguna organización de carácter solidario, deberá contarse con el consentimiento de ésta y deberán también respetarse las instrucciones impartidas por ésta o las condiciones bajo las cuales fue concedida.

Por otro lado ASF se rige por los códigos éticos de la Coordinadora de ONGs y de las coordinadoras autonómicas de ONGs en cualquier acción que realice.

Con el objetivo de que la colaboración sea fructífera y responsable, hay algunos criterios que ASF solicita a las empresas:

1. Las empresas con las que colaboramos deben respetar los derechos humanos así como la dignidad, diversidad e identidad de las personas con las que se relacionen. También deben respetar los tratados y convenciones internacionales sobre los trabajadores emigrantes y sus familias, así como los relativos a la lucha contra el racismo y la xenofobia.

2. No realizaremos acuerdos con aquellas empresas que de una forma manifiesta sustenten regímenes totalitarios.

3. Las empresas deberán cumplir las Convenciones Fundamentales de la OIT (referidos al trabajo forzoso, el trabajo infantil y el derecho a la sindicación).

4. Las empresas con las que establezcamos una colaboración, deberán ser respetuosas con el medio ambiente, cumpliendo la legislación vigente del país de origen, y manteniendo los mismos estándares en cualquier lugar en el que actúen.

5. No estableceremos relaciones con empresas que fabriquen armas o trafiquen con ellas, ni con aquellas que potencien o promuevan el consumo de tabaco o alcohol.

6. Debido a que no siempre se podrá tener total constancia de los procedimientos utilizados por las empresas, siempre se incluirá una cláusula en todos sus contratos en la que especifique que incurrir en uno de estos supuestos supondrá causa de rescisión inmediata del acuerdo.

Empresas y entidades privadas colaboradoras


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